Los afectados por ERTE podrán fraccionar el pago del IRPF sin intereses

Orden HAC/320/2021: los afectados por ERTE podrán fraccionar el pago del IRPF sin intereses.

Pueden acogerse a este fraccionamiento los trabajadores por cuenta ajena afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo en 2020 que no tengan grandes deudas con Hacienda.

Los contribuyentes de IRPF que hayan sido perceptores de prestaciones del SEPE por haber estado inmersos en un ERTE en 2020, pueden verse obligados a presentar la declaración de la renta puesto que al tener dos pagadores, el límite económico que determina la obligación de declarar, disminuye a 14.000 euros si se han cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador. Esto, unido a las bajas retenciones que se hayan efectuado al percibir las prestaciones del SEPE, puede dar lugar a que la declaración de dichos contribuyentes resulte a ingresar.

En la línea con diversas medidas adoptadas para el fraccionamiento de deudas tributarias con motivo del COVID-19, la Orden HAC/320/2021, aprueba la posibilidad de fraccionar el pago del IRPF para los contribuyentes que hubieran estado en ERTE en 2020.

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