Testamento en época de epidemia

La crisis generada por la pandemia del Coronavirus, está generando nuevos escenarios. También en el ámbito del derecho, en el que se han recuperado figuras jurídicas, que hacía mucho tiempo que no eran aplicables. Esta nueva situación ha activado un artículo del Código Civil, por primera vez en España en 131 años: el artículo 701 del Código Civil.

Este artículo, vigente en nuestro país, desde que se de desarrolló el Código Civil en el año 1889, no se había usado hasta la fecha. De hecho, durante todos estos años, en los que se ha estudiado reformar esta ley fundamental del derecho civil español, se había planteado en algunas ocasiones su eliminación. Nadie pensaba entonces, que España, volvería a sufrir una pandemia, como ya ocurrió en el siglo XIX, con el cólera. El Coronavirus ha dado una utilidad inesperada al artículo 701, del Código Civil, algo que era impensable hasta ahora.

Este artículo dice textualmente que: “En caso de epidemia puede igualmente otorgarse el testamento sin intervención de notario ante tres testigos mayores de dieciséis años“.

 
Para más información continue leyendo : Economistjurist